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Normas Reguladoras

ORDENANZA FISCAL 3 REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE PISCINA, CURSOS DE NATACION, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.

ARTICULO 1.- Esta entidad local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106, apartado 1 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y haciendo uso de la facultad reglamentaria que le atribuye el artículo 15 apartado 1, del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y conforme a lo previsto en el artículo 20 del citado Texto Legal, establece la TASA POR SERVICIO DE PISCINA, CURSOS DE NATACION, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS, cuya exacción se efectuará con sujeción a lo previsto en esta Ordenanza.