{"id":16697,"date":"2018-10-29T10:31:52","date_gmt":"2018-10-29T08:31:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.puertolumbreras.es\/ayuntamiento\/?p=16697"},"modified":"2018-10-29T10:31:52","modified_gmt":"2018-10-29T08:31:52","slug":"ayudas-para-la-sustitucion-de-equipos-de-aire-acondicionado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.puertolumbreras.es\/ayuntamiento\/2018\/10\/29\/ayudas-para-la-sustitucion-de-equipos-de-aire-acondicionado\/","title":{"rendered":"Ayudas para la sustituci\u00f3n de equipos de aire acondicionado"},"content":{"rendered":"<p>Ayudas destinadas al fomento de instalaciones de aprovechamiento de recursos energ\u00e9ticos renovables en el \u00e1rea de climatizaci\u00f3n, mediante la sustituci\u00f3n de equipos de aire acondicionado en viviendas en la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia, por otro de alta eficiencia energ\u00e9tica.<\/p>\n<p>Es objeto de esta orden establecer la convocatoria de las ayudas destinadas a fomentar la sustituci\u00f3n de equipos de climatizaci\u00f3n individuales aprovechando recursos energ\u00e9ticos renovables para instalaciones de climatizaci\u00f3n y refrigeraci\u00f3n en viviendas en la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia.<\/p>\n<p class=\"normal\">Personas beneficiarias y actuaciones subvencionables.<\/p>\n<p class=\"normal\">1. Podr\u00e1n ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta Orden, las personas f\u00edsicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda situada en la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia que sustituyan un equipo antiguo de aire acondicionado por otro clasificado de alta eficiencia energ\u00e9tica, a trav\u00e9s de los comercios o empresas instaladoras y, presenten su solicitud seg\u00fan establece el art\u00edculo 8 de la presente Orden.<\/p>\n<p class=\"normal\">2. Estos requisitos deber\u00e1n acreditarse el d\u00eda de la finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de adjudicaci\u00f3n de las subvenciones.<\/p>\n<p class=\"normal\">3. La nueva instalaci\u00f3n deber\u00e1 cumplir con el Reglamento de Instalaciones T\u00e9rmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027\/2007 y con la dem\u00e1s normativa vigente que se aplique en el momento de llevar a cabo la instalaci\u00f3n estando sometida a las inspecciones que de acuerdo a lo establecido en los art\u00edculos 29 y concordantes del citado Reglamento realice el personal facultativo del servicio competente de la Direcci\u00f3n General de Energ\u00eda y Actividad, Industrial y Minera de la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia, u Organismo de Control habilitado.<\/p>\n<p class=\"normal\">4. S\u00f3lo ser\u00e1 subvencionable la compra de un \u00fanico equipo de aire acondicionado por cada beneficiario y ser\u00e1 necesaria la correspondiente sustituci\u00f3n del aparato antiguo por un nuevo equipo, siendo condici\u00f3n indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado, hecho que ser\u00e1 acreditado mediante certificado de la empresa instaladora registrado en el \u00f3rgano competente de la CARM.<\/p>\n<p class=\"normal\">5. Son subvencionables la sustituci\u00f3n de un equipo de aire acondicionado por otro nuevo, de instalaci\u00f3n individual, con clasificaci\u00f3n energ\u00e9tica A+ o superior en refrigeraci\u00f3n y al menos A en calefacci\u00f3n, que requieran instalaci\u00f3n y que trabajen en modo frio o en modo frio\/calor con una potencia t\u00e9rmica nominal inferior o igual a 12 kW.<\/p>\n<p class=\"normal\">6. El plazo de ejecuci\u00f3n y justificaci\u00f3n de las actuaciones por el beneficiario ser\u00e1 como m\u00e1ximo de tres meses desde el d\u00eda siguiente de la notificaci\u00f3n al interesado de la orden de concesi\u00f3n de la ayuda.<\/p>\n<p class=\"normal\">7. No ser\u00e1 objeto de subvenci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"normal\">a) La sustituci\u00f3n de un equipo de aire acondicionado por otro que no funcione con un sistema de control\/regulaci\u00f3n tipo II con termostato ambiente ON\/OFF, V o VI. Si la instalaci\u00f3n a sustituir ya dispone de este sistema de control\/ regulaci\u00f3n y se va a mantener en la nueva instalaci\u00f3n, deber\u00e1 justificarse documentalmente mediante fotograf\u00edas, facturas de compra, u otro medio de prueba en la solicitud de ayudas.<\/p>\n<p class=\"normal\">b) La sustituci\u00f3n de un equipo de aire acondicionado colectivo o centralizado que d\u00e9 servicio a varias viviendas por equipos individuales ubicados en cada una de las viviendas.<\/p>\n<p class=\"normal\">c) La sustituci\u00f3n de un equipo de aire acondicionado individual por un equipo de aire acondicionado colectivo o centralizado que d\u00e9 servicio a varias viviendas.<\/p>\n<p class=\"normal\">d) Cuando no exista sustituci\u00f3n de equipos.<\/p>\n<p class=\"normal\">f) Quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas en el art\u00edculo 13 de la Ley 38\/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"normal\">Cuarto.- Cuant\u00eda de la ayuda.<\/p>\n<p class=\"normal\">1. La cuant\u00eda de la ayuda individual para la sustituci\u00f3n del equipo de aire acondicionado en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del nuevo es la fijada en la siguiente tabla:<\/p>\n<p class=\"normal\">a) 400 euros, si la Potencia t\u00e9rmica (Pt) nominal inferior a 5 kW (Pf &lt; 5 kW)<\/p>\n<p class=\"normal\">b) 500 euros, si la Potencia t\u00e9rmica (Pt) nominal igual o superior a 5 kW y menor de 10 kW (5 \u2264 Pf &lt; 10 kW).<\/p>\n<p class=\"normal\">c) 600 euros, si la Potencia t\u00e9rmica (Pt) nominal igual o superior a 10 kW y menor o igual de 12 kW (10 \u2264 Pf \u2264 12 kW).<\/p>\n<p class=\"normal\">2. En ning\u00fan caso la cuant\u00eda de la ayuda podr\u00e1 superar el 75% del coste de adquisici\u00f3n m\u00e1s instalaci\u00f3n del nuevo equipo de aire acondicionado (IVA no incluido), ni podr\u00e1 ser de tal cuant\u00eda que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisici\u00f3n del aparato.<\/p>\n<p class=\"normal\">3. S\u00f3lo ser\u00e1 subvencionable una instalaci\u00f3n por vivienda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"normal\">Quinto.- Presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/p>\n<p class=\"normal\">1. Las solicitudes se cumplimentar\u00e1n en el modelo oficial que se incluye como Anexo en la presente Orden, debidamente firmado por el solicitante, al que deber\u00e1 acompa\u00f1arse la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"normal\">a) Copia del DNI o NIE, NIF del solicitante, en caso de que no haya autorizado al \u00f3rgano instructor para su obtenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"normal\">b) Declaraci\u00f3n responsable del solicitante de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social y declaraci\u00f3n responsable de no haber recibido otras ayudas en relaci\u00f3n a la actuaci\u00f3n subvencionada.<\/p>\n<p class=\"normal\">Todas estas declaraciones se encuentran incluidas en la solicitud normalizada de la ayuda.<\/p>\n<p class=\"normal\">c) T\u00edtulo que acredite la propiedad o la disposici\u00f3n de la vivienda (usufructo o arrendamiento). En caso de arrendatarios, copropietarios o usufructuarios deber\u00e1 presentarse adem\u00e1s autorizaci\u00f3n por escrito del propietario junto con el documento que acredite su titularidad.<\/p>\n<p class=\"normal\">d) Declaraci\u00f3n responsable, seg\u00fan modelo que se incluye como Anexo I\u00a0 en la presente Orden, debidamente firmada por el solicitante donde se indica que conoce y acepta las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en esta Orden de convocatoria y en la Orden de bases de la que trae causa.<\/p>\n<p class=\"normal\">e) Duplicado o copia de la factura proforma\/proyecto de venta e instalaci\u00f3n del aparato que deber\u00e1 reflejar como m\u00ednimo:<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Fecha prevista de venta.<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Datos de la empresa instaladora (persona jur\u00eddica, n\u00famero de CIF y sello original).<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Datos del solicitante (nombre, apellidos, n\u00famero de DNI).<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Datos del equipo que se proyecta adquirir e instalar (tipo, marca y modelo).<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Direcci\u00f3n de instalaci\u00f3n del aparato.<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Desglose del coste del equipo, coste de instalaci\u00f3n, IVA.<\/p>\n<p class=\"normal\">\u2013 Datos del sistema de control\/ regulaci\u00f3n instalado (tipo, marca y modelo).<\/p>\n<p class=\"normal\">2. El plazo de presentaci\u00f3n de las solicitudes ser\u00e1 de 10 d\u00edas computados a partir del d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n del extracto de la presente Orden en el Bolet\u00edn Oficial de la Regi\u00f3n de Murcia.<\/p>\n<p class=\"normal\">3. La solicitud de ayuda se podr\u00e1 presentar electr\u00f3nicamente o de manera presencial, teniendo en cuenta lo dispuesto por el art\u00edculo 14.2 de la Ley 39\/2015 del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablica, respecto a los obligados a relacionarse a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos con las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"normal\">Para las personas no obligadas, la solicitud podr\u00e1 presentarse en el Registro General de la Consejer\u00eda competente en materia de Vivienda sito en Plaza Santo\u00f1a n.\u00ba 6 de Murcia, c\u00f3digo postal 30007 o en las entidades establecidas en el art\u00edculo 16.4 de la Ley 39\/2015 y Oficinas Corporativas de Atenci\u00f3n al Ciudadano con funci\u00f3n de registro.<\/p>\n<p class=\"normal\">4. La solicitud electr\u00f3nica se podr\u00e1 presentar, en la Sede Electr\u00f3nica de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia, que ser\u00e1 accesible a trav\u00e9s de la p\u00e1gina https:\/\/sede.carm.es., solicitud que se encuentra disponible en el procedimiento n.\u00ba 2715 de la Gu\u00eda de Procedimientos y Servicios que se puede encontrar en\u00a0 http:\/\/www.carm.es\/guiadeservicios. En ese caso, la solicitud deber\u00e1 ir acompa\u00f1ada de la documentaci\u00f3n requerida por la presente convocatoria que se aportar\u00e1 en formato electr\u00f3nico. Los documentos requeridos deber\u00e1n ser digitalizados en formato PDF, con firma electr\u00f3nica, as\u00ed como una declaraci\u00f3n responsable de la autenticidad de los mismos. El tama\u00f1o m\u00e1ximo admitido, tanto de cada archivo como del total de los mismos ser\u00e1 el previsto en la sede electr\u00f3nica.<\/p>\n<p class=\"normal\">En el supuesto que los solicitantes decidan que las notificaciones se practiquen electr\u00f3nicamente deben aportar, n\u00famero de tel\u00e9fono m\u00f3vil o direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico.<\/p>\n<p class=\"normal\">5. La presentaci\u00f3n de la solicitud de la ayuda presume la aceptaci\u00f3n incondicionada de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en esta Orden. Asimismo implicar\u00e1 la autorizaci\u00f3n para que la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia pueda proceder al tratamiento de los datos de car\u00e1cter personal en la medida que resulte necesario para la gesti\u00f3n de las ayudas, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal y sus normas de desarrollo.<\/p>\n<p class=\"normal\">Sexto.-. Abono de la ayuda.<\/p>\n<p class=\"normal\">El pago de las ayudas se realizar\u00e1 anticipadamente en un solo pago por la totalidad de la subvenci\u00f3n asignada, a trav\u00e9s de transferencia bancaria a la cuenta del beneficiario indicada en la solicitud, previo informe de la Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n del Territorio, Arquitectura y Vivienda de haber realizado la solicitud en tiempo y forma y haber presentado los requisitos exigibles al beneficiario en el art\u00edculo 8 de la presente Orden, junto a la declaraci\u00f3n responsable del cumplimiento del resto de obligaciones.<\/p>\n<p class=\"normal\">S\u00e9ptimo.- Compatibilidad de las ayudas.<\/p>\n<p class=\"normal\">La ayuda regulada en la presente Orden no se podr\u00e1 compatibilizar con otras ayudas para la misma finalidad que puedan conceder cualquier otra Administraci\u00f3n o Entidad P\u00fablica o Privada con distinta financiaci\u00f3n a la de la presente Orden.\u201d<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ayudas destinadas al fomento de instalaciones de aprovechamiento de recursos energ\u00e9ticos renovables en el \u00e1rea de climatizaci\u00f3n, mediante la sustituci\u00f3n de equipos de aire acondicionado en viviendas en la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia, por otro de alta eficiencia energ\u00e9tica. 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