ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR BARRAS EN LAS FIESTAS
Hoy, 3 de septiembre, se abre el plazo hasta el 17 de septiembre para solicitar casetas, chiringuitos y barras en las Fiestas Patronales de Puerto Lumbreras, que se celebrarán del 3 al 8 de octubre.
Consulta las bases en el tablón de anuncios:
http://puertolumbreras.sedelectronica.es/board/
NORMAS COMUNES
1. Los interesados en obtener la autorización administrativa para la instalación de
una caseta, chiringuito o barra de bar en las Fiestas de Octubre 2018 deberán
formular solicitud, conforme al modelo anexo, en el Registro General del
Ayuntamiento, en horario de 8:00 a 14:00 horas.
2. Las solicitudes deberán ir acompañadas:
a) Del justificante de ingreso de la cuantía de 1.000,00 € en la entidad BANKIA,
IBAN: ES23-2038-3037-6864-0000-0393, en concepto de garantía provisional.
Tales garantías serán retenidas a los autorizados hasta el fin de su actuación en
las Fiestas. Cada solicitante no podrá optar a más de una autorización.
b) IBAN de la cuenta del solicitante donde ingresar la devolución de la fianza.
3. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día 3 de
septiembre hasta el día 17 de septiembre de 2018.
4. Una vez finalizado, se procederá en acto público a la adjudicación por sorteo
de las autorizaciones previstas.
5. Quienes no obtengan la autorización pasarán a integrar una lista de espera, por
orden cronológico de presentación de solicitudes, a efectos de llamamiento para
suplencia, en el supuesto de que alguno de los autorizados renuncie a su derecho
con anterioridad a la fecha del evento.
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
Plaza de la Constitución s/n CIF P3000330E, Puerto Lumbreras. 30890 (Murcia). Tfno. 968402013. Fax: 968402410
Expediente n.º 2394
6. Una vez concedida la autorización, se deberá abonar las tarifas determinadas por
la Ordenanza Municipal reguladora de la Utilización Privativa o
Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.
7. Las autorizaciones serán personales e intransferibles, quedando automáticamente
sin efecto en caso de incumplimiento de esta condición.
8. Habrá un equipo de sonido único en cada uno de los recintos, cuya instalación y
funcionamiento serán competencia del Ayuntamiento.
9. La seguridad de los recintos feriales será competencia del Ayuntamiento, por lo
que no se admitirá en los mismos la presencia de agencias de seguridad privadas.
10. El número de autorizaciones concedidas para cada modalidad de instalación
(caseta, chiringuito o barra) estará en función del espacio disponible en cada
recinto ferial.
11. No está autorizada la publicidad de partidos políticos o sindicatos en las casetas,
chiringuitos o barras.
NORMAS ESPECÍFICAS PARA CASETAS Y CHIRINGUITOS
1. A la concesión de autorizaciones para la instalación de casetas y chiringuitos
podrán optar exclusivamente las asociaciones, empresas o profesionales del
sector de la hostelería con licencia fiscal vigente.
2. Los chiringuitos de la zona de noche deberán ingresar en la entidad BANKIA,
IBAN: ES23-2038-3037-6864-0000-0393 , para contribuir a los gastos de
montaje, consumo de luz y agua, y montaje del equipo de sonido, las siguientes
cantidades:
1.250,00 €: chiringuitos junto al escenario.
1.050,00 €: chiringuitos centrales.
850,00 €: resto de chiringuitos.
3. Todas las casetas y los chiringuitos podrán permanecer abiertos como máximo
hasta las 6,00 horas de la mañana. El incumplimiento de este horario facultará al
Ayuntamiento para revocar el permiso concedido.
4. La autorización para la instalación de casetas y chiringuitos extenderá sus
efectos al periodo comprendido entre las 9:00 horas del día 4 de octubre, hasta
las 9:00 horas del día 9 de octubre, momento en que cesará toda actividad. El
período de apertura de casetas y chiringuitos será del día 5 al 8 de octubre.
5. Los chiringuitos donde se sirvan comidas deberán contar con la correspondiente
autorización sanitaria.
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
Plaza de la Constitución s/n CIF P3000330E, Puerto Lumbreras. 30890 (Murcia). Tfno. 968402013. Fax: 968402410
Expediente n.º 2394
6. El personal de los chiringuitos deberá servir las bebidas en vasos de plástico, sin
poner botellas de vidrio a disposición de la clientela en ningún momento.
NORMAS ESPECÍFICAS PARA LAS BARRAS DE LA FERIA DEL MEDIODÍA
1. A la concesión de autorizaciones para la instalación de barras en la Feria del
Mediodía podrán optar profesionales y asociaciones con licencia fiscal vigente.
2. Los propietarios de bares o restaurantes ubicados en la Avda. García Rubio de
Puerto Lumbreras tendrán preferencia para instalar las barras frente a sus
respectivos locales. El resto de los espacios para la instalación de las barras se
asignará por sorteo.
3. Por cada caseta se deberá ingresar en la entidad BANKIA, IBAN:
ES23-2038-3037-6864-0000-0393, la cantidad de 700,00 € en concepto de
gastos de montaje de la carpa, consumo de luz (salvo la parte imputable al
Boletín de Instalación, que correrá a cargo de cada autorizado), agua, instalación
del equipo de sonido y seguridad.
4. Las barras en las que se sirva comida deberán contar con la correspondiente
autorización sanitaria.
5. La apertura de las barras se efectuará a partir de las 12,00 horas del día 4 de
octubre, y el cierre será a las 19:00, y a las 19,30 horas el día del Desfile de
Carrozas. El incumplimiento de este horario facultará al Ayuntamiento para
revocar el permiso concedido.
6. La autorización para la instalación de barras en la feria del medio día extenderá
sus efectos al periodo comprendido entre las 9:00 horas del día 4 de octubre,
hasta las 24:00 horas del día 8 de octubre, momento en que cesará toda
actividad. El período de apertura de casetas y chiringuitos será del día 5 al 8 de
octubre.”